CONVOCATORIA PÚBLICA PARA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DE CUENCA DEL POMCA DIRECTOS RIO MAGDALENA – BRAZO MORALES – RIO BOQUE – NSS – SZH 2320-01
La Corporación Sur de Bolívar (CSB) realiza la Invitación Pública No. 01 del 13 de enero de 2021, a los actores de la cuenca que estén interesados en participar del proceso de elección de los miembros para la conformación del Consejo de Cuenca Directos Río Magdalena – Brazo Morales – Río Boque – NSS – SZH 2320-01, en desarrollo de la Formulación del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica –POMCA.
El Director de la CSB, de conformidad con el Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015 del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Resolución 509 de 2013, expedidos por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
CONSIDERANDO:
• Que el Parágrafo del Artículo 49, del Decreto 1640 del 2012, determinó: que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, establecería los lineamientos para la conformación de los Consejos de Cuenca.
• Que de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, expidió la Resolución No. 0509 de 21 de mayo de 2013. “Por la cual se definen los lineamientos para la conformación de los Consejos de Cuenca y su participación en las fases del Plan de Ordenación de la Cuenca y se dictan otras disposiciones”.
• Que los Consejos de Cuenca están conformados por los siguientes actores, los cuales podrán elegir un número máximo de tres (3) representantes por cada tipología, siempre y cuando vivan y desarrollen actividades en la cuenca hidrográfica:
1. Comunidades indígenas tradicionalmente asentadas en la Cuenca.
2. Comunidades negras asentadas en la Cuenca que hayan venido ocupando tierras baldías en zonas rurales ribereñas, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción y hayan conformado su consejo comunitario de conformidad con la Ley 70 de 1993.
3. Organizaciones que asocien o agremien campesinos.
4. Organizaciones que asocien o agremien sectores productivos.
5. Personas prestadoras de servicios de acueducto y alcantarillado.
6. Organizaciones no gubernamentales, cuyo objeto exclusivo sea la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables.
7. Las Juntas de Acción Comunal.
8. Instituciones de Educación Superior.
9. Municipios con jurisdicción en la Cuenca.
10. Departamentos con jurisdicción en la Cuenca.
11. Los demás que resulten del análisis de actores.
Nota. Salvo las comunidades étnicas, los demás actores deberán desarrollar actividades en la respectiva cuenca.
• Que la cuenca tiene una distribución de municipios en el área de influencia de la Subzona Hidrográfica Directos Río Magdalena – Brazo Morales – Río Boque – NSS – SZH 2320-01, integrada territorialmente por 33 centros poblados distribuidas en 3 municipios del departamento de Bolívar, bajo la jurisdicción de la CSB, como se presenta en la Tabla 1. Tabla 1 Distribución de municipios en el área de influencia de la subzona hidrográfica Directos Río Magdalena – Brazo Morales – Río Boque – NSS Código 2320-01
Departamento Municipios Centros Poblados
BOLÍVAR SAN PABLO CANALETAL
SANTO DOMINGO
EL CARMEN
EL SOCORRO
POZO AZUL
CAÑABRAVAL
AGUA SUCIA
CERRO AZUL
VALLECITO
VILLA NUEVA
LA VIRGENCITA
EL ROSARIO
LA FRÍA
LA UNIÓN
LOS CAGUISES
LA YE
SIMITÍ SAN BLAS
SAN LUIS
MONTERREY
ÁNIMAS ALTAS
ANIMAS BAJAS
DIAMANTE
GARZAL
PARAÍSO
SAN JOAQUÍN
LAS ACEITUNAS
EL PIÑAL
LAS PALMERAS
PATA PELA
SABANA DE SAN LUIS
SANTA ROSA DEL SUR BUENAVISTA
CANELOS
SANTA LUCIA
Fuente: Documento POMCA con información del mapa político – administrativo a escala 1:2000 DANE (2017).
• Que de acuerdo con la identificación, caracterización y priorización de actores, realizada en la Formulación de la Fase de Aprestamiento del POMCA y distribución de municipios en el área de influencia de la subzona hidrográfica Directos Río Magdalena – Brazo Morales – Río Boque – NSS – SZH 2320-01, se procede a convocar a los actores que viven y desarrollan actividades en la cuenca y que estén interesados en participar del proceso de elección de los miembros para la conformación del Consejo de Cuenca, en desarrollo de la formulación del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica –POMCA.
USTED PUEDE POSTULARSE SI EJERCE SUS ACTIVIDADES EN UNO DE LOS MUNICIPIOS QUE COMPONEN LA CUENCA, A PARTIR DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
1. REQUISITOS PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE CUENCA
1.1 Requisitos para la elección de los representantes legales de las personas jurídicas de que tratan los numerales 3 al 8 del Artículo 2° de la resolución 509 de 2013.
Los electores: En relación con los representantes legales de las personas jurídicas de que tratan los numerales 3) al 8) de la tipología de actores, establecida en la parte considerativa de la presente invitación publica (Artículo 2° de la Resolución 509 de 2013), que aspiren a participar en la elección de sus representantes ante el consejo de cuenca, deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Certificado de Existencia y Representación Legal de la Persona Jurídica, expedido por la entidad competente, dentro de los tres meses anteriores a la fecha límite para la recepción de documentos.
b) La Persona Jurídica deberá haberse constituido por lo menos con un (1) año de anterioridad a la fecha de elección, y debe demostrar que desarrolla sus actividades y funciones en el territorio comprendido por la Cuenca.
c) Breve reseña de actividades desarrolladas en la Cuenca durante el último año.
Candidatos: Además de los anteriores requisitos, si las entidades desean postular candidatos deberán presentar:
a) Hoja de vida del candidato con los respectivos soportes (incluyendo copia de Cédula de Ciudadanía y todos los certificados que sustenten la veracidad de los datos consignados).
b) Copia del documento de la Junta Directiva o el órgano que haga sus veces, en el cual conste la designación del candidato.
Nota. Cuando una de las Personas Jurídicas pertenezca o se encuentre relacionada con varias de las asociaciones, gremios o entidades de que trata el numeral 1 del Artículo 3° de la Resolución 0509 de 2013, sólo podrá participar como representante de una de ellas.
1.2 Requisitos para la elección del representante de las comunidades negras.
En relación con los Consejos Comunitarios que aspiren a participar en la elección del representante ante el Consejo de Cuenca, allegarán la siguiente documentación:
a) Certificación expedida por la autoridad competente, en la que conste la ubicación del Consejo Comunitario, la inscripción de la Junta y de su representante legal.
b) Certificación expedida por la entidad competente, sobre la existencia de territorios colectivos legalmente titulados o en trámite de adjudicación a las comunidades negras de la respectiva jurisdicción.
Nota. La CSB con respecto a las comunidades negras, seguirá lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución 0509 de 2013, salvo lo dispuesto en sus numerales 1 y 4 del mismo artículo.
Nota. Las comunidades étnicas (Negras) conforme con el Artículo 4° de la Resolución 0509 de 2013, elegirán de manera autónoma sus representantes en reunión convocada por la CSB, dicha elección constará en un acta que hará parte de la documentación del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica.
1.3 Requisitos para la elección del representante de las comunidades indígenas.
En relación con las comunidades indígenas tradicionalmente asentadas en el territorio de jurisdicción de la Cuenca, que aspiren a participar en la elección de sus representantes al Consejo de Cuenca, allegarán el certificado expedido por el Ministerio del Interior o la entidad que haga sus veces, en el cual conste: denominación, ubicación, representación legal y los demás aspectos que sean necesarios para identificar la comunidad o etnia respectiva.
Nota. La CSB con respecto a las comunidades indígenas, seguirá lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución 0509 de 2013, salvo lo dispuesto en sus numerales 1 y 4 del mismo artículo.
Nota. Las comunidades étnicas (Indígenas) conforme con el Artículo 4° de la Resolución 0509 de 2013, elegirán de manera autónoma sus representantes, en reunión convocada por la CSB, dicha elección constará en un acta que hará parte de la documentación del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica.
1.4 Requisitos para la elección de los representantes de las Instituciones de Educación Superior.
Que aspiren a participar en la elección del representante ante el Consejo de Cuenca, allegarán la documentación mediante la cual se acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos (Articulo 5, Resolución 0509 de 2013):
a) Certificado de Existencia y Representación Legal.
b) Informe sobre los proyectos o actividades desarrolladas en la Cuenca.
c) Original o copia del documento en el cual conste la designación del candidato.
Nota. La CSB seguirá lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución 0509 de 2013, salvo lo dispuesto en su numeral 1 del mismo artículo.
1.5 Requisitos para la elección del representante de las entidades territoriales.
En relación con el representante del departamento y el de los municipios, será elegido por ellos mismos. Para tal efecto, la CSB oficiará a los municipios y departamento de Bolívar respectivamente, con el fin de que elijan sus representantes ante el Consejo de Cuenca. La elección constará en un acta cuya copia reposará en el expediente de la documentación del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica.
2. CRONOGRAMA Y PROTOCOLO DE LA CONVOCATORIA
De conformidad con lo establecido en la Resolución 0509 de 2013, el cronograma y protocolo de la convocatoria para la elección de los representantes al Consejo de Cuenca, será como se detalla a continuación y en la Tabla 2.
Tabla 2. Cronograma de conformación del Consejo de Cuenca
Directos Río Magdalena – Brazo Morales – Río Boque – NSS, SZH 2320-01.
Actividad Fecha Lugar Hora
Apertura convocatoria (Inicio de recepción de documentos). 1 de febrero de 2021 • Municipio Santa Rosa del Sur: en las Instalaciones de la Secretaria de Tránsito (antigua escuela #2) en la cabecera municipal.
• Municipio Simití: Instalaciones de la Casa de Cultura- salón de danza en la cabecera municipal.
• Municipio de San Pablo: Instalaciones de la Alcaldía Municipal. 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.
Cierre de convocatoria (Finalización de recepción de documentos) 2 de febrero de 2021 • Municipio Santa Rosa del Sur: en las Instalaciones de la Secretaria de Tránsito (antigua escuela #2) en la cabecera municipal.
• Municipio Simití: Instalaciones de la Casa de Cultura- salón de danza en la cabecera municipal.
• Municipio de San Pablo: Instalaciones de la Alcaldía Municipal. 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.
Verificación de documentos radicados
Del 3 al 5 de febrero de 2021 CSB N/A
Publicación de resultados 9 de febrero de 2021 CSB www.carcsb.gov.co
Jornada de elección del Consejo de Cuenca POMCA Directos Río Magdalena – Brazo Morales – Río Boque – NSS, SZH 2320-01 22 de febrero de 2021 CSB 9:30 a.m.
Los documentos requeridos en medio físico deberán entregarse en un sobre de manila sellado o de manera alternativa, a través de correo electrónico: pomcaconsorcio@gmail.com, en formato PDF, con la referencia: Asunto: “CONVOCATORIA CONSEJO DE CUENCA DIRECTOS RÍO MAGDALENA – BRAZO MORALES – RÍO BOQUE – NSS, SZH 2320-01”, para lo cual deberá indicar el nombre de la persona, organización a la que represente, una dirección, correo electrónico, número de teléfono fijo y celular de contacto de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.
Para mayor información sobre el proceso puede dirigirse a: Corporación Autónoma Regional Sur de Bolívar Cl. 16 #10-27, Magangué, Bolívar o contactar a los siguientes teléfonos:
Santa Rosa del Sur: CONSORCIO POMCA BOLIVAR – Cel:3159261124 –
Simití: CONSORCIO POMCA BOLIVAR – Cel:3159261124
San Pablo: CONSORCIO POMCA BOLIVAR – Cel: 3122786212
La presente convocatoria se divulgará a través de un diario escrito de amplia circulación, con cobertura para el área de la cuenca hidrográfica, como también, en emisoras a través de cuñas radiales de amplia sintonía en los municipios que la integran.
3. VERIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
En cumplimiento del término y los requisitos de la presente invitación publica, la CSB verificará la documentación presentada y elaborará un informe con los resultados, que será presentado en la reunión de elección y en la página web de la Corporación.
4. ELECCIONES
De conformidad con el Artículo 3° de la Resolución 0509 de 2013, la convocatoria realizada por la CSB a las personas jurídicas de que tratan los numerales 3) a 8) del Artículo 2° de la misma resolución mediante invitación pública, señala que en la reunión de elección, se elegirá por mayoría de votos de los asistentes a los representantes al Consejo de Cuenca. La elección constará en un acta, cuya copia reposará en el expediente de la documentación del Plan de Ordenación de la Cuenca Hidrográfica Directos Río Magdalena – Brazo Morales – Río Boque – NSS, SZH 2320-01. Así mismo, para efectos de la elección de los miembros del Consejo de Cuenca, la CSB convocará sólo a los elegibles (Informe de resultados) a la reunión de elección que se llevará a cabo en el Municipio de Magangué, Sede Principal de la CSB ubicada en la Cl. 16 #10-27.
Para mayor información sobre el proceso de “Convocatoria de conformación del Consejo de Cuenca”, podrá consultar en la siguiente página: www.carcsb.gov.co